m. Facultad de adoptar una resolución con preferencia de otra. Autoridad, poder. Sentencia del juez árbitro. Recurso o medio extraordinario para la consecución de un fin.
sustantivo masculino ( m.) Facultad de adoptar una resolución con preferencia a otra.
• Autoridad.
• Voluntad no gobernada por la razón.
• Medio extraordinario que se propone para el logro de algún fin.
• Derecho (Der.) Sentencia del juez árbitro.
• plural ( pl.) Derechos con que se obtienen fondos para gastos públicos.
arbitrio en el Derecho Usual
Facultad de resolver eligiendo entre varias decisiones posibles. Potestad, poder, autoridad para obrar. | | Voluntad meramente caprichosa o apasionada. Sentencia arbitral, (v. ARBITRAJE, ARBITRARIEDAD, ARBITRO.) (804, 1.433, 1.461, 2.379, 3.472, 4.467, 5.279, 6.036, 6.149.)