|
sustantivo masculino ( m.) Derecho (Der.) Detención provisional del presunto reo. • Derecho (Der.) Reclusión por un tiempo breve, como corrección o pena. • Arrojo para emprender una cosa ardua. arresto en el Derecho UsualActo de prender a una persona y privarla del uso de su libertad. Equivale a prisión; aun cuando oc dice, según Escriche, que está arrestado, y no preso, quien tiene su casa por cárcel; o que, si bien está en la cárcel pública, se encuentra allí sólo como en depósito o custodia. "Prisión, pues, es más que arresto; y no es extraño, por ló tanto, que sea palabra más odiosa, y que se haya adoptado la de arresto oon preferencia en la milicia, aun para muchos casos en que sería más propia la primera. El arresto, lo mismo que la prisión, puede también ser considerado como pena correccional; y en este sentido es todavía de un uso más especial en la milicia." Según el Cód. Pen. esp., el arresto como pena puede ser de dos clases; mayor y menor. El arresto mayor se divide en máximo, medio y mínimo. lo mismo que el menor. La duración del arresto mayor la más leve entre las penas graves de privación de libertad es de un mes y un día a seis meses; además lleva consigo, como accesoria, la suspensión de todo cargo y del derecho de sufragio durante la condena. El arresto menor, reservado para las faltas por lo general, dura de uno a treinta días. El tribunal sentenciador puede autorizar que el reo cumpla en su propio domicilio el arresto menor en su grado mínimo, o sea, el menor de diez días; siempre que la condena no se deba a hurto o defraudación.
Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
'arresto' aparece también en las siguientes entradas:
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 5/06/2018. |