intr. Contraer matrimonio. Corresponder, conformarse una cosa con otra, unir (casar las partes de un mueble). tr. Autorizar un sacerdote el sacramento del matrimonio. Autorizar el matrimonio una autoridad civil. No casarse con nadie, conservar la independencia de juicio y de conducta.

    verbo transitivo ( tr.) Derecho (Der.) Anular, abrogar, derogar.
    • verbo intransitivo ( intr.) y pronominal ( prnl.) Contraer matrimonio.
    • verbo transitivo ( tr.) Dar fe del matrimonio un sacerdote o la autoridad civil.
    • fig. Unir o juntar una cosa con otra.
    • verbo transitivo ( tr.) e verbo intransitivo ( intr.) fig. Disponer y ordenar algunas cosas de suerte que hagan juego o tengan correspondencia entre sí. ¤ CASADERO, RA ; CASADO, DA .

    casar en el Derecho Usual

    Según la rama jurídica, posee este verbo significados muy diversos:
    A. — En Derecho Civil y Canónico. Contraer matrimonio. Autorizar el juez municipal, o el funcionario encargado del Registro GÍVÍI, el contrato matrimonial que surte efectos civiles entre los contrayentes y para los hijos que puedan tener. Autorizar el párroco, u otro sacerdote con licencia de aquél, el sacramento del matrimonio, único reconocido por la Iglesia para los católicos, en cuanto a los efectos espirituales. Disponer o imponer un padre o superior el matrimonio de un hijo o de otra persona sometida a su autoridad doméstica, (v. MATRIMONIO.) B. — En Derecho Procesal. Anular, revocar la sentencia o fallo de un tribunal inferior. La resolución recurrida puede ser casada en todo o en parte. De ser confirmada por entero, se dice que el recurso ha sido desestimado o rechazado, (v. RECURSO DE CASACIÓN.)
Tema: Derecho, Derecho Civil, Enciclopedia Escolar, Que es

'casar' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 5/06/2018.