sustantivo masculino ( m.) Derecho (Der.) Persona a quien se daba encomienda alguna villa o lugar, o tenía en ellos algún derecho concedido por los reyes, con obligación de prestar juramento de homenaje.

    comendero en el Derecho Usual

    La persona a quien se daba en encomienda una villa o lugar, o quien ejercía sobre ellos derecho por concesión real, con obligación de prestar juramento de homenaje, (v. ENCOMIENDA.)
Tema: Derecho, Derecho General, Que es

'«comendero. «' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 13/06/2018.