com. Marido respecto de la mujer y mujer respecto del marido.

    sustantivo masculino ( m.) Marido respecto de la mujer, y mujer respecto del marido.
    • Persona que comparte la suerte de otra.
    Derecho (Der.) Los que litigan unidos, formando una sola parte en el pleito.
    Derecho (Der.) Los que juntamente son responsables de un delito.

    consorte en el Derecho Usual

    Quien es partícipe y compañero de igual suerte que otro u otros. Cónyuge: el marido con respecto a su mujer, y ésta en relación con aquél. Cada uno de los que constituyen, en Aragón, el consorcio foral (v.e.v.).
    Denomínase rey o príncipe consorte el que no reina ni ejerce la soberanía, por estar simplemente casado con mujer que encarna en nombre propio la realeza y el poder anejo a ella. El caso más típico lo constituye Holanda, convertida en dinastía femenina desde hace más de medio siglo y en la sucesión previsible.

Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.