com. Marido respecto de la mujer y mujer respecto del marido.
sustantivo masculino ( m.) Marido respecto de la mujer, y mujer respecto del marido.
• Persona que comparte la suerte de otra.
• Derecho (Der.) Los que litigan unidos, formando una sola parte en el pleito.
• Derecho (Der.) Los que juntamente son responsables de un delito.
consorte en el Derecho Usual
Quien es partícipe y compañero de igual suerte que otro u otros. Cónyuge: el marido con respecto a su mujer, y ésta en relación con aquél. Cada uno de los que constituyen, en Aragón, el consorcio foral (v.e.v.).
Denomínase rey o príncipe consorte el que no reina ni ejerce la soberanía, por estar simplemente casado con mujer que encarna en nombre propio la realeza y el poder anejo a ella. El caso más típico lo constituye Holanda, convertida en dinastía femenina desde hace más de medio siglo y en la sucesión previsible.