adjetivo (adj.) Relativo a la curia.
• sustantivo masculino ( m.) Derecho (Der.) Empleado subalterno de los tribunales de justicia.
• Religión (Rel.) El que tiene correspondencia en Roma para hacer traer las bulas y rescriptos pontificios.
• Historia (Hist.) El que tiene empleo u oficio en la curia romano ( rom.) ¤ CURIALESCO, CA .
curial en el Derecho Usual
Empleado subalterno de justicia. El que se ocupa de mover en ellos los negocios ajenos. También, quien tiene oficio en los tribunales eclesiásticos, en la curia romana pontificia. En la antigua Roma, el miembro de una curia municipal. En los tiempos finales del Imperio, los curiales debían tener 25 arpendes de tierra en propiedad; y, de morir sin heredero, sus bienes pasaban a la curia. Como adjetivo, relativo a la curia judicial o romana. En sentidos arcaicos, cortesano; y asimismo, experto, perito, práctico.
Por el transcurso de tres años prescriben las acciones relativas del pago de derechos y honorarios a jueces, abogados, notarios, registradores, peritos, agentes y curiales; plazo que corre desde que dejaron de prestarse los servicios (art. 1.967 del Cód. Civ. esp.). (6.620.)