tr. Disolver el matrimonio. Separar legalmente a los casados. Ú. t. c. prnl. fig. Separar cosas que estaban o debían estar juntas.
verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Derecho (Der.) Separar por sentencia legal a dos casados.
• fig. Separar personas o cosas que debían estar juntas.
divorciar en el Derecho Usual
Disolver vincularmente el matrimonio. Separar los bienes conyugales y disponer la vida independiente de los antes casados; pero sin derecho a contraer nuevas nupcias, salvo viudez. Interrumpir la vida marital, y no por simple ausencia, en cuanto a lecho y techo.