Cualquiera de las resoluciones de los jueces o magistrados en las jurisdicciones contenciosa o voluntaria; sentencias, autos y providencias. Los que forman parte de unos autos, aun provenientes de una parte u otro interesado en la causa o requerido en ella. Las comunicaciones a las partes y a terceros: citaciones, emplazamientos, notificaciones, edictos. Las diversas formas documentales de relaciones jerárquicas y con otras jurisdicciones o autoridades: suplicatorios, exhortos, mandamientos, cartas órdenes y despachos y oficios diversos. A los efectos del Registro de la propiedad, los que cumplen la función de titularidad que en los actos y contratos inscritos o inscribibles se requiere.
Con referencia a los primeros significados de esta locución, v. los diversos tecnicismos. En cuanto a la última de las acepciones indicadas, Morell, con su minuciosidad peculiar, señala que, además de las sentencias, autos, providencias, mandamientos y testimonios en general, la jurisprudencia ha declarado de modo preciso que constituyen documentos judiciales auténticos para los fines de la inscripción registral éstos: lo el auto o sentencia firme dictada en el interdicto de adquirir la posesión, si se presenta el oportuno testimonio; 2o las resoluciones definitivas que recaigan en los interdictos de retener o recobrar la posesión; 3o el testimonio del auto de declaración de herederos ab intestato; 4o el del auto de adjudicación de bienes al acreedor por falta de licitantes, que ha de expedirlo el actuario con fe pública en lo judicial, o el secretario del juzgado municipal en los juicios verbales; 5o el testimonio auto aprobatorio del expediente de dominio; 6o los testimonios de los secretarios judiciales que hayan intervenido en la subasta del procedimiento judicial sumario establecido para la ejecución especial hipotecaria y del auto de adjudicación al mejor postor; 7o los testimonios de las particiones o adjudicaciones judiciales hechas por el juez a los herederos, a consecuencia de los juicios voluntarios o necesarios de testamentaría; 8o el testimonio del actuario en relación con el convenio que, en un concurso de acreedores, hayan suscrito éstos y el deudor respectivo; 9o el acta del documento judicial que acredite la constitución de hipotecas legales ante juez o tribunal competente, por bienes reservables, dótales, parafernales dados en administración al marido, etc.; 10. las constituciones de hipotecas apud acta, ante el secretario judicial, como fianza en la concesión de libertad condicional a un procesado, si consta por testimonio en mandamiento judicial; 11. el testimonio en que se deje constancia fehaciente de la repudiación de una herencia ante el juez competente. (v. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS, en cuanto al Registro de la propiedad.)