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verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Corregir, quitar defectos. • verbo transitivo ( tr.) Proponer una alternativa, total o parcial, a un texto ya redactado. • Resarcir, subsanar los daños. • Derecho (Der.) Rectificar un tribunal superior la sentencia dada por él mismo, y que suplicó alguna de las partes. • Marina y Naútica (Mar.) Variar el rumbo. ¤ ENMENDADURA ; ENMENDANTE . enmendar en el Derecho UsualCorregir; eliminar los errores; suprimir los defectos. Resarcir o reparar daños y perjuicios. Lograr la mejora de la conducta. Reformar; ciertas Constituciones. Rectificar un tribunal el fallo de Otro inferior, ante súplica de una de las partes.
Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |