sustantivo masculino ( m.) Derecho (Der.) Muerte de una persona, ejecutada por su propio hermano. ¤ FRATRICIDA .

    fratricidio en el Derecho Usual

    Muerte criminal dada a un hermano o hermana. En los modernos códigos penales, el fratricidio constituye homicidio o asesinato, según los casos, agravado por el parentesco; ya que la jurisprudencia es unánime en atribuir tal efecto, en los delitos contra las personas, a la circunstancia mixta del vínculo de sangre. En otros tiempos o cuerpos legales, el fratricidio ha sido penado como el parricidio. Cabe recordar, aun siendo hecho archiconocido, que, de aceptar el relato bíblico, el primero de los crímenes humanos fué precisamente el fratricidio de Caín en la persona de Abel.

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Publicado el 14/06/2018.