sustantivo femenino ( f.) Derecho (Der.) Oposición de una ley, de un decreto o de un acto a los preceptos de la constitución. ¤ INCONSTITUCIONAL .
inconstitucionalidad en el Derecho Usual
Quebrantamiento de la letra o del espíritu de la Constitución por leyes del Parlamento, por decretos-leyes o actos del gobierno. Recurso extraordinario que, según sus modalidades, tiende a declarar la inaplicabilidad de la ley contraria al texto constitucional, su nulidad. De acuerdo con la organización judicial de cada país, la inconstitucionalidad puede declararse por un juez cualquiera, como conflicto en definitiva de leyes, o por un tribunal sui géneris, el de mayor jerarquía, y especial para estos casos dada la índole peculiar de las normas constitucionales, cuyo código es como ley de leyes, (V. RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD, TRIBUNAL DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.) Otra inconstitucionalidad, la más grave, proviene de la formación, más o menos violenta o por fraude, de gobiernos ilegítimos, (v. GOBIERNO DE FACTO.)