adj. Se dice bienes inmuebles a las tierras, edificios, caminos, construcciones, minas, etc., y a los artefactos o derechos a los que la ley así considera. Se les llama también bienes raíces.

    adjetivo (adj.) y sustantivo masculino ( m.) Derecho (Der.) Dícese ( Díc.) de aquellos bienes que la ley considera no muebles; tierras, edificios, etc.
    • sustantivo masculino ( m.) Edificio de varios pisos.

    inmueble en el Derecho Usual

    v. BIENES INMUEBLES, COSA INMUEBLE, CRÉDITO TERRITORIAL, DERECHO INMOBILIARIO, USURPACIÓN. (2232, 2234, 2238, 2.869, 2.870, 3.185, 3.544.)
Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.