Derecho (Der.) El ordinario de un partido o distrito, que conoce en primera instancia de los asuntos civiles no sometidos por la ley a los jueces municipales, y en materia criminal dirige la instrucción de los sumarios.
Derecho (Der.) El ordinario de un partido o distrito, que conoce en primera instancia de los asuntos civiles no sometidos por la ley a los jueces municipales, y en materia criminal dirige la instrucción de los sumarios.