Política (Pol.) La que excluía del trono a las hembras y sus descendiegla y norma constante e invariable de las cosas.
    • Precepto dictado por la suprema autoridad, en que se manda o prohíbe una cosa.
    Política (Pol.) Disposición votada por el parlamento y sancionada por el jefe del Estado.
    Religión (Rel.) Religión.
    • Lealtad, fidelidad.
    • Calidad, peso o medida.
    Metalurgia (Metal.) Proporción en que un metal noble entra en una aleación.
    Minería (Min.) Cantidad de metal contenida en una mena.
    Derecho (Der.) Conjunto de las leyes, o cuerpo del derecho civil.

    * Derecho (Der.)
    Las leyes pueden ser de tres tipos: constitucionales o fundamentales, que regulan la organización y el funcionamiento de las diferentes comunidades jurídicas, y emanan del poder legislativo; ordinarias, que representan las fuentes más abundantes del derecho; y los reglamentos, subordinados a la ley y dictados por el poder ejecutivo central o los poderes locales. entes.

    ley salica en el Derecho Usual

    La establecida por los antiguos francos o salios (de los cuales toma su nombre), luego de dejar los bosques de Germania, y mantenida después por la monarquía francesa, muy poco cortés en este aspecto, para privar a las hembras, a falta de descendientes varones, del derecho a heredar la corona. También queda excluido de la sucesión regia todo varón que entronque con la realeza por rama femenina. En España, donde nunca fué tradicional tamaño desprecio por la mujer, y donde hasta la Reina Católica había bastantes ejemplos de soberanas prudentes en el gobierno y animosas en los trances difíciles de la nación, fué instaurada la ley sálica por la imitadora dinastía borbónica; pero quedó derogada inequívocamente por Fernando VII cuando, en 1830, se persuadió de que su sola descendencia (al menos de modo oficial) eran dos hijas, la mayor de las cuales reinó como Isabel II, frente a su tío y pretendiente al trono Don Carlos, (v. CARLISMO.) Sin embargo, el pueril desconocimiento de esa derogación le costó a España dos trágicas guerras civiles en el siglo xix: la casi inmediata a la muerte de aquel desleal monarca, la de 1833 a 1840, y la del frustrado desquito de 1872 a 1876. (v. SUCESIÓN A LA CORONA.)
Tema: Derecho, Derecho General, Que es

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Publicado el 14/06/2018.