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• Derecho (Der.) Vínculo entre una persona individual o jurídica con un Estado. • Nación. • Sociología (Sociol.) Grupo nacional sin organización estatal soberana propia. nacionalidad en el Derecho UsualVínculo jurídico y político existente entre un Estado y los miembros del mismo. If Indole peculiar de un pueblo. | | Carácter de los individuos que constituyen una nación. Estado civil de la persona nacida o naturalizada en un país, o perteneciente a ella por lazos de sangre paterna o materna.A veces se equipara nacionalidad con ciudadanía; pero, aunque coinciden, los niños gozan de nacionalidad y nunca de verdadera ciudadanía, como capacidad para ejercer los derechos políticos. ^ En los, artículos "Jus SANGUINIS" y "Jus SOLÍ" (v.e.v.), se exponen los criterios doctrinales acerca de la determinación de la nacionalidad, fundándose primordialmente en los vínculos familiares, de raza y tradición o apoyándose sencillamente en el nexo entre nacimiento* y territorio. Como expresiones positivas, v. ARGENTINO y ESPAÑOL.
Tema: Derecho, Derecho General, Que es
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Publicado el 14/06/2018. |