verbo transitivo ( tr.) Dar disposiciones para lo que se va a hacer.
    • Dar disposiciones después de un hecho para concertar algo o remediar un daño.
    Derecho (Der.) Dar el juez por sí una disposición para resolver cuestiones accidentales o de trámite.

    providenciar en el Derecho Usual

    Dictar una providencia. Tomar o adoptar medidas. | | Disponer. Ordenar.

Tema: Derecho, Derecho General, Que es

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Publicado el 15/06/2018.