Jojooa

prueba preconstituída

Escrito o documento que antes de toda contradicción litigiosa, pero previéndola posible, redactan y suscriben las partes, para establecer, con claridad y precisión, la existencia y alcance de un acto o contrato.
Se denomina preeonstitulda por constituirse o crearse antes del conflicto jurisdiccional, como probanza preparatoria de los hechos o derechos. Con todo, la sutileza de los desavenidos encuentra siempre una interpretación posible que discrepe dé la del otro contratante 9 copartícipe en un acto; y ello abre la puerta a la interpretación judicial, que como norma superior ha de conciliar, cual expresa Gorphe, la indagación de las intenciones con el respeto al sentido normal de los vocablos, (v. INTENCIÓN DE LOS CONTRATANTES, INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS.) (6.157.)

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