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verbo transitivo ( tr.) Reprender a uno, arguyéndole ordinariamente con su propio hecho o palabra. • Derecho (Der.) Ejercitar el demandado acción contra el promovedor del juicio. ¤ RECONVENCIÓN . reconvenir en el Derecho UsualReprochar. Recriminar. Ejercer una acción el demandado al tiempo de contestar la demanda, y dirigida contra el actor, (v. RECONVENCIÓN.)
Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 6/06/2018. |