tr. Amonestar, reprender a alguien por lo dicho o hecho.

    verbo transitivo ( tr.) Reprender a uno, arguyéndole ordinariamente con su propio hecho o palabra.
    Derecho (Der.) Ejercitar el demandado acción contra el promovedor del juicio. ¤ RECONVENCIÓN .

    reconvenir en el Derecho Usual

    Reprochar. Recriminar. Ejercer una acción el demandado al tiempo de contestar la demanda, y dirigida contra el actor, (v. RECONVENCIÓN.)
Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 6/06/2018.