Jojooa

«representación. «

sustantivo femenino ( f.) Acción y efecto de representar o representarse.
• Nombre antiguo de la obra dramática.
• Autoridad, dignidad, carácter de la persona.
• Figura, imagen o idea que sustituye a la realidad.
• Súplica o proposición apoyada en razones o documentos, que se dirige a un príncipe o superior.
• Conjunto de personas que representan a una entidad, colectividad o corporación.
Derecho (Der.) Derecho de una persona a ocupar, para la sucesión en una herencia o mayorazgo, el lugar de otra persona difunta.

representación en el Derecho Usual

Expresión o exposición del pensamiento. | | Declaración. Referencia, relato. Símbolo, figura, imagen de algo o alguien. | | Sustitución de una persona, en cuyo nombre se actúa. Sucesión en una cualidad o derecho. Ejecución en público de una obra dramática (v.e.v. y DERECHO DE AUTOR). Carácter o dignidad con que actúa una persona. Grupo o comisión que expone las pretensiones, intereses, quejas o sentimientos de una colectividad, organizada o no. Memorial o súplica que se dirige a una autoridad o jefe, con las razones que concurren a favor de lo expuesto o solicitado. ¡¡ Reconstrucción mental de un caso o situaciónAdemás de las acepciones expuestas, generales dentro de lo jurídico y disciplinas conexas, los significados principales de la representación se manifiestan en el Derecho Político, como expresión reducida y personal de la voluntad popular, concretada por lo común mediante el sufragio, que elige entre distintos candidatos o aspirantes a exponer en una asamblea la voluntad y los intereses de la mayoría, (v. REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, REPRESENTANTE.) En el Derecho Civil, la representación ofrece tres aspectos fundamentales: 19 en la capacidad general de las personas, para suplir sus limitaciones, como se proponen la patria potestad y la tutela, (v. REPRESENTACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS y JURÍDICAS) ; 29 en orden a la posibilidad de delegar las facultades propias, como en el poder y el mandato (v.e.v.); 39 en tanto que institución hereditaria, como derecho de representación (v.e.v.) que corresponde a ciertos herederos forzosos.
En el Derecho Mercantil, por representación se entiende la concesión de la exclusiva para vender un artículo o desplegar actividades mercantiles acerca de una marca o producto en determinado territorio o localidad, (v. COMISIÓN, MANDATO MERCANTIL.) En el Derecho Procesal, la representación se manifiesta en la necesidad de comparecer en juicio por medio de procurador y en el forzoso asesoramien- to que se exige de letrado (v.e.v. y REPRESENTACIÓN PROCESAL). (2.218, 5.739, 6.378.)

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