Derecho (Der.) Principio por el cual se impone la pena a quien ha cometido algún delito.

    responsabilidad penal en el Derecho Usual

    La que se concreta en la aplicación de una pena, por acción u omisión —dolosa o culposa— del autor de una u otra. Es estrictamente personal, de interpretación restringida, de irretroactividad prohibida, de voluntariedad presunta (demostrada la relación de causalidad entre ejecutor o inductor y el resultado) y de orden público. (v. RESPONSABILIDAD CRIMINAL.)
Tema: Derecho, Derecho General, Que es

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Publicado el 15/06/2018.