Derecho (Der.) Principio por el cual se impone la pena a quien ha cometido algún delito.
responsabilidad penal en el Derecho Usual
La que se concreta en la aplicación de una pena, por acción u omisión dolosa o culposa del autor de una u otra. Es estrictamente personal, de interpretación restringida, de irretroactividad prohibida, de voluntariedad presunta (demostrada la relación de causalidad entre ejecutor o inductor y el resultado) y de orden público. (v. RESPONSABILIDAD CRIMINAL.)