Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

ARTICULO 1007 Bienes existentes y futuros del C.C.C. Comentado Infojus Argentina

<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1007.-Bienes existentes y futuros Los bienes futuros pueden ser objeto de los contratos. La promesa de transmitirlos está subordinada a la condición de que lleguen a existir, excepto que se trate de contratos aleatorios.

Introduccion COMENTADA al Art. 1007 (con doctrina)


Interpretacion COMENTADA al Art. 1007 (con jurisprudencia)

Ver articulos: [ Art. 1004 ] [ Art. 1005 ] [ Art. 1006 ] 1007 [ Art. 1008 ] [ Art. 1009 ] [ Art. 1010 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1007 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO- DERECHOS PERSONALES>>
TITULO II- Contratos en general >>
CAPITULO 5 - Objeto >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

6100

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

 
Extraido de : https://jojooa.com/ccc-comentado-infojus/articulo-1007.php

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos