Jojooa

a

part. insep. que denota privación o negación: acromático, ateísmo.

sustantivo femenino ( f.) Linguística (Ling.) Primera letra del abecedario español y primera también de sus vocales.
• preposición ( prep.) Gramática (Gram.) Denota el complemento de la acción del verbo.
Gramática (Gram.) Indica la dirección o el término de alguna persona o cosa.
Gramática (Gram.) Determina el lugar o tiempo en que sucede alguna cosa.
• También la situación de personas o cosas.
• Designa intervalo de lugar o tiempo.
• Denota el modo de la acción.
• Precede a la designación del precio de las cosas.
• Indica distribución.
• Expresa comparación o contraposición.
• Precediendo al infinitivo, equivale, en ciertas expresiones, a la conjunción ( conj.) sí.
• En otras frases equivale a las preposiciones con, hacia, hasta, junto a, para, por, según.
Gramática (Gram.) Da principio a muchos modos y frases adverbiales.
• Se usa como prefijo.
• Partícula inseparable que denota privación o negación.
Química (Quím.) Símbolo químico del argn. t Lógica (Lóg.) Signo de la proposición universal afirmativa.
Música (Mús.) En la notación musical.

a en el Derecho Usual

Primera letra del alfabeto español y de la generalidad de los abecedarios en los demás idiomas. Entre los romanos servía para la emisión y calificación de los votos, no sólo en el orden político, sino en el judicial. Cada juez tenía tres tablillas: una con la letra A, que quería decir absolvo, otra con la letra C, que equivalía a condemno; y una última con las letras N, L., correspondientes a non liquet, que aplicaba cuando el asunto no estaba claro o no se habían probado los hechos. Por esa causa, Cicerón, en su oración Pro Milone, llama littera salutis a la A, o sea, letra que salva, letra saludable, en contraposición a la C, cuyo significado era condenatorio.
En el Derecho Canónico, la A, también como inicial de absolvo, denota absolución.
En el Derecho Penal antiguo, la A servía para reconocer a los adúlteros, a los cuales, como infamia, se aplicaba con un hierro candente tal marca (v.e.v;), inicial del entonces gravísimo delito de adulterio.
So utiliza asimismo como abreviatura de alias o apodo; que aparece en los autos judiciales, crónicas de tribunales y otros escritos en esta forma: (a.).
En la numeración romana, hasta su reemplazo por la D, tuvo la A valor de 500. Algunos suponen que representó 600; y con una raya encima, 6.000, » En las mediciones agrarias, esta letra, en minúscula, corresponde a área.
En Derecho Mercantil se combina en abrevia» turas usuales de la letra de cambio; así:
AP, aceptada para protesto; ASP, aceptada sin protesto; AS PC, aceptada sin protesto para poner en cuenta, entre otras.

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