Jojooa

«abanderar. «

verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Marina y Naútica (Mar.) Matricular bajo la bandera de un Estado a un buque extranjero.
Marina y Naútica (Mar.) Proveer a un buque de los documentos que acreditan su bandera. ¤ ABANDERAMIENTO .

abanderar en el Derecho Usual

Matricular, inscribir, registrar como de bandera nacional una embarcación extranjera. Proporcionar a un buque los documentos para que pueda utilizar la bandera nacional, para que emplee legalmente el pabellón de un país. Este requisito es necesario aunque el barco haya sido construido en la nación y pertenezca a súbditos de la misma, (v. ABANDERAMIENTO.)

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