|
La abdicación puede ser expresa o tácita; y también se emplea para indicar la renuncia que se hace a la patria, al estado civil y a otros derechos o ventajas. Así, Juan Jacobo Rousseau hizo renuncia a la patria abdicando "para siempre mi derecho de vecino y de ciudadano de la República y Ciudad de Ginebra". Esta abdicación fué motivada "por haberse condenado su obra Emilio, sin haber sido oído por el Consejo de dicha República. La abdicación del estado civil se daba en el Derecho romano, y significaba la renuncia que un hombre libre hacía de su condición, para pasar a la de esclavo. La abdicación en Derecho Canónico es el acto por el cual uno ee despoja de loe bienes quo posee» 0 abandona una dignidad, prebenda o cualquier otro beneficio eclesiástico, (v. DESTRONAMIENTO, DIMISION, RENUNCIA.)
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 18/06/2018. |