Locución latina. Renuncia a la tutela. Facultad libérrima de que los tutores testamentarios gozaron hasta la época de los emperadores romanos Claudio y Marco Aurelio, que implantaron la obligatoriedad del nombramiento, salvo excusa legal. La definición de Ulpiano sobre la "abdicado tutelae no puede ser mas sencilla ni expresiva: “est dicere nolle se tutorem esse" (es decir que no se quiere ser tutor).
    Por tanto, desde el siglo II de nuestra era, la situación al respecto se mantiene casi inalterable; y, actualmente, tanto la tutela testamentaria como la legítima o dativa obligan a su desempeño, de no aducir alguna de las taxativas excusas que las leyes autorizan, (v. EXCUSA DE TUTELA Y PROTUTELA.)
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Publicado el 18/06/2018.