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 verbo transitivo ( tr.) Derecho (Der.) Abolir, revocar. ¤ ABROGABLE ; ABROGACIÓN ; ABROGATORIO, RIA . abrogar en el Derecho UsualAbolir, derogar, dejar sin efecto una disposición legal. Sutilizando, se ha entendido que abrogar significa revocación total de un precepto o cuerpo jurídico. (1.361, 2.500, 2.583, 3.089, 3.090, 3.629, 4.291, 5.097.)
			Tema: Derecho, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es 
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			         Publicado el 5/06/2018.  |