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verbo transitivo ( tr.) Determinar o resolver de común acuerdo, o por mayora. bastardo o palustre, o falso. acordar en el Derecho UsualDictar los jueces o tribunales alguna providencia que ha de ser comunicada a las partes. Resolver de común acuerdo o por mayoría de votos. Constituye burdo galicismo emplear este verbo en las acepciones de conceder u otorgar, ya sea un crédito, empréstito, beneficio o auxilio.
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, General, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |