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sustantivo masculino ( m.) Religión (Rel.) Doctrina que considera al alma como principio de acción de los fenómenos vitales. • Atribución de espíritu a todas las cosas. • Culto a los espíritus entre los pueblos primitivos. ¤ ANIMISTA . animismo en el Derecho UsualDoctrina filosófica predominante que atribuye al alma humana los atributos de unidad, identidad, simplicidad, substancialidad, espiritualidad e inmortalidad. Negación d* la «xiatenoia de las cosas llamadas corrientemente "inanimadas", por suponer o creer que todo objeto está dotado de un alma personal, individual. Tal creencia conduce a la irrisión de considerar sensibles los muebles o las estatutas; inspira alucinaciones espectrales y delirios poblados de fantasmas; pero crea también la serena esperanza en la inmortalidad del alma humana, (v. ANIMATISMO.)
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es, Religión
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Publicado el 5/06/2018. |