Loe lat. Voluntad de evitar un daño. Tal es la actitud del que asunte la gestión de negocios ajenos (v.e.v.), guiado por el propósito de proteger ciertos intereses de otro, generalmente persona o entidad de su afecto. También puede ser, desgraciadamente, la excusa legal del que, viendo en peligro a otro asido a una tabla entre las aguas, se arroja a salvarlo, y no contribuye sino a que se ahogue antes, por no poder resistir nadando y ser insuficiente la tabla para los dos, y optar en definitiva por ponerse a salvo en primer lugar, o como resultado de un favo.- de la suerte. A esta idea corresponde también el castigo como ejemplaridad; y, en ocasiones, coincide con el «ani- mus custodiendi» (v.e.v.).