m. Acción, dicho o circunstancia anterior que sirve para juzgar hechos posteriores.

    adjetivo (adj.) Que antecede.
    • sustantivo masculino ( m.) Acción, dicho o circunstancia anterior, que sirve para juzgar hechos posteriores.
    ram. El primero de los términos de la relación gramatical.
    Gramática (Gram.) Nombre, pronombre u oración a que hacen referencia los pronombres relativos.
    Lógica (Lóg.) Proposición de la que otra es consecuente.
    Matemáticas (Mat.) Primer término de una razón.

    antecedente en el Derecho Usual

    Hecho precedente o anterior que guarda relación con el ulterior, y sirve de comprobación o base para decidirse a juzgar, proceder de igual manera, resolver por analogía, sentar jurisprudencia, | | En lo penal, los antecedentes del procesado, o su conducta anterior al delito, que deben te nerse en cuenta nara la graduación de la pena, (v REINCIDENCIA, REITERACIÓN.)
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Gramática, Que es

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Publicado el 5/06/2018.