f. Estado de un pueblo independiente. Condición de la persona que no depende de nadie. Capacidad máxima de un vehículo para efectuar un recorrido sin reponer combustible.
sustantivo femenino ( f.) desusado ( desus.) Política (Pol.) Potestad que dentro del Estado pueden gozar entidades suyas para regirse.
• Política (Pol.) Estado y condición del pueblo que goza de independencia política.
• Biología (Biol.) Vida propia e independiente de un organismo.
• fig. Condición del individuo que no depende de nadie.
• Filosofía (Fil.) Cualidad del comportamiento del individuo que establece en sí mismo el fundamento de la moral. ¤ AUTONÓMICO, CA ; AUTONOMISTA ; AUTÓNOMO, MA .
autonomia en el Derecho Usual
Estado y condición del pueblo que goza de entera independencia, sin estar sujeto a otras leyes que a las dictadas por él y para él. En sentido figurado, condición del individuo que de nadie depende en ciertos aspectos.