m. Asiento de madera o piedra, con respaldo o sin él, en el que pueden sentarse varias personas. En las galeras, asiento de los remeros. Mesa que sirve para carpinteros, herradores y otros artesanos. Establecimiento de crédito, constituido en sociedad por acciones (Banco de la Nación Argentina). Mesa que usaban los cambistas. En los mares y ríos navegables, bajo que se prolonga en una gran extensión. Cardumen.

    sustantivo masculino ( m.) Asiento para varias personas.
    • En las galeras, asiento para los galeotes y demás remeros.
    • Tablero grueso y pesado que sirve de mesa de trabajo en carpintería.
    Arquitectura (Arq.) Sotabanco, piso habitable.
    Geología (Geol.) Estrato de gran espesor.
    Economía (Econ.) Institución que actúa como intermediaria en el mercado de dinero y capitales.
    Marina y Naútica (Mar.) Bajo que se prolonga en gran extensión.
    Marina y Naútica (Mar.) Conjunto numeroso de peces que van juntos.
    Minería (Min.) Macizo de mineral con dos caras descubiertas.

    banco en el Derecho Usual

    En economía, los bancos son establecimientos que se encargan de concentrar y regular las operaciones de crédito. | | En Derecho constituyen generalmente sociedades anónimas dedicadas a realizar las múltiples operaciones comerciales originadas por el dinero y los títulos que lo representan, considerados como mercancías. Configuran, por tanto, entidades mercantiles que comercian con el dinero.
    El primer banco al que un gobierno concedió la facultad de emitir billetes fué el de Inglaterra, creado el 27 de julio de 1694. x Las principales operaciones que realizan los banros son: depósitos, cuentas corrientes, cambio de moneda, transferencias, giros, descuentos, cambios, préstamos y emisión de billetes. Pueden ser clasificados en bancos de depósito, de descuento, de préstamos, etc. También en bancos de comercio y agrarios. Por otra parte, se distinguen los bancos de eré- dito real de los de crédito personal. Los primeros pueden ser particulares y públicos o de emisión. Los agrícolas y los populares pueden ser considerados bancos de crédito personal, (V. OPERACIÓN Y ORDENACIÓN BANCARIA.)
Tema: Arquitectura, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.