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sustantivo masculino ( m.) Agua o para bañarse. • Pila para bañar el cuerpo o parte de él. • Sitio donde hay aguas para bañarse. • Capa de materia extraña con que queda cubierta la cosa bañada. • fig. Conocimiento superficial de una ciencia. • Fotografía (Fot.) Disolución con la que se tratan las películas fotográficas para obtener determinados efectos. • Metalurgia (Metal.) Masa de metal fundido en la plaza o crisol de un horno. • Pintura (Pint.) Mano de color que se da sobre lo ya pintado. • Química (Quím.) Calor templado por la interposición de alguna materia entre el fuego y lo que se calienta. • plural ( pl.) Balneario de aguas medicinales. baño en el Derecho UsualEl bañarse, faltando a las reglas de la decencia o de la seguridad que las autoridades competentes establezcan, constituye infracción castigada con multa y reprensión, en el libro de las faltas del Cód. Pcn. cap.Uno de los aprovechamientos generales de las aguas de dominio público consiste en poderse bañar todo el que quiera, con sujeción a los bandos gubernativos o de policía; y también, con las reservas naturales para la higiene, el derecho de bañar el ganado.
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Fotografía, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |