Jojooa

«bonorum possessio decretalis»

Locución latina. Posesión de los bienes hereditarios dado según decreto del pretor, luego de considerar, en un caso concreto y tras examinar los hechos, la persona a la cual debían ser entregados los bienes, como titular de mejor derecho, (v. «BONORUM POSSESSIO EDICTALIS».)

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