La con cesión administrativa puede caducar, con la consiguiente pérdida de derechos para el concesionario, o incluso multas, por incumplimiento de condiciones, si dentro del plazo no da comienzo a las obras o servicios concedidos. Además de esa caducidad puni- nitiva, existe otra normal: la del transcurso del tiempo otorgado para la explotación de un servicio público o de cualquiera clase de riqueza.
    En ese último sentido ha de entenderse el art. 411 del Cód. Civ. esp., al decir: "el derecho al aprovechamiento de aguas públicas se extingue por la caducidad de la concesión y por el no uso durante veinte años". Además, vemos ahí la posibilidad de diferenciar caducidad y prescripción extintiva (ese no uso).

Tema: Derecho Civil, Que es

'caducidad de la concesión' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 16/06/2018.