f. Ministerio de Relaciones Exteriores. Oficio de canciller. Oficina en embajadas y consulados.

    sustantivo femenino ( f.) Política (Pol.) Oficio de canciller.
    Política (Pol.) Oficina especial en las embajadas legaciones, consulados y agencias diplomáticas y consulares.

    cancillería en el Derecho Usual

    En Derecho Internacional designa la oficina encargada, en cada país, de la redacción de los documentos diplomáticos. | | Dependencia, en las embajadas, legaciones y consulados* donde se autorizan y se conservan los documentos público» y se llevan los registros y demás antecedentes de las mismas. Oficio del canciller. Centro que dirige la política exterior de una nación. Antiguamente, chancillería.

Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Política, Que es

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Publicado el 5/06/2018.