|
sustantivo masculino ( m.) Ant. Botánica (Bot.) Árbol borragináceo, cuya madera se usa en construcción naval. capa en el Derecho UsualCaudal, hacienda, bienes. Encubridor. En el comercio marítimo, cantidad que en concepto de gratificación percibe el capitán de un buque. Debe constar en la póliza de fletamento, según dispone el art. 952, n9 99, del Cód. de Com. esp., al mencionar como una de las condiciones que aquélla deberá contener la de: "el tanto de capa que se haya de pagar al capitán". Precepto similar inserta el Cód. de Com. arg. al establecer en el n9 79 del art. 1.020 que la póliza de fletamento "hará expresa mención" de "lo que haya de darse ?al capitán por capa o gratificación".Andar de capa caída indica quebranto de fortuna, favor o salud. Defender a capa y espada demuestra amparo o patrocinio hasta el límite de los argumentos, medios o armas.
Tema: Botánica, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
'capa' aparece también en las siguientes entradas:
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 5/06/2018. |