tr. Fijar el capital que corresponde a determinado interés. Agregar al capital los intereses ganados.

    verbo transitivo ( tr.) Economía (Econ.) Convertir en capital.
    • fig. Convertir en beneficioso determinado hecho por parte de una persona u organización. ¤ CAPITALIZACIÓN .

    capitalizar en el Derecho Usual

    Determinar la cuantía del capital que corresponde a un interés o renta. Por ejemplo, al 5 c/o, un alquiler anual de 20.000 pesos representa, capitalizado, 400.000. En el comercio se designa así al hecho de agregar a la suma principal los intereses adquiridos por ésta, para formar así un nuevo y mayor capital, que sucesivamente irá devengando nuevos intereses y creando nuevas acumulaciones. (v. ANATOCISMO, INTERÉS COMPUESTO.)
Tema: Derecho General, Economía, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.