Lugar donde se practica habitualmente el juego prohibido. El Cód. Pen. esp. castiga a los banqueros y dueños de casas de juego con arresto mayor y multa, y con penas más benignas a los jugadores que concurrieren a las mismas. La reincidencia se pena con severidad especial, (v. JUEGO.)
Tema: Derecho Penal, Que es

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Publicado el 16/06/2018.