Causa civil o criminal que en el antiguo procedimiento español cabía iniciar desde la primera instancia ante el Consejo, sala de alcaldes de corte, chancillería y audiencias; ya que, por la cuantía de los litigios, calidad de las personas o gravedad de los hechos se excluía su conocimiento de las justicias ordinarias.

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Publicado el 16/06/2018.