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Su Derecho Foral genuino tiene como fuentes actuales: 19 las leye9 generales posteriores al Cód. Civ.; 29 el tít. preliminar de este texto; y el I del lib.I; arts. 30 a 32; cap. II del tít. II; y títs. III y IV del mismo lib.; ¿9 las leyes generales anteriores al Cód. Civ.; a partir del Decreto de Nueva Planta; 49 el Decreto de Nueva Planta; 59 el Derecho propiamente catalán: los Usatges, Constituciones, Capítulos y Actas de Cortes, Costumbres generales (como las conocidas por Recognoverunt proceres y Ordinacions de Sanctacüia), Pragmáticas, Bulas apostólicas, Sentencias reales y arbitrajes, Concordias y otras disposiciones compiladas en 1704; 69 el Derecho romano y el Canónico, como supletorios; 79 el Cód. Civ., en su integridad, como supletorio de segundo y último grado. (v. los principales textos cit.; y, además, ESTATUTO DE CATALUÑA.)
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Publicado el 16/06/2018. |