Título público, emitido por un banco de crédito territorial, y más concretamente por un banco hipotecario, que otorga al poseedor del mismo una garantía real y le concede derecho al interés fijado en los estatutos o emisiones. No obstante su naturaleza, el art. 336 del Cód. Civ. esp. considera bienes muebles las cédulas y títulos representativos de préstamos hipotecarios. (v. BANCO DE CRÉDITO TERRITORIAL e HIPOTECARIO.)
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Publicado el 16/06/2018.