Jojooa

centinela

m. Soldado que hace guardia. Persona que vigila.

ambiguo ( amb.) Militar (Mil.) Soldado que hace la guardia en algún sitio.
• fig. Persona que está en observación de alguna cosa.

centinela en el Derecho Usual

Militar que vigila el puesto cuya custodia se le encomienda. El art. 676 del Cód. de Just. Mil. arg. dispone que el «militar que estando de facción o centinela abandona su puesto sin haber cumplido su consigna, será castigado: 19 Con la pena de muerte, si el hecho aconteció al frente del enemigo. 29 Con cuatro a ocho años de presidio, si el hecho tuvo lugar en estado de guerra, no estando frente al enemigo. 39 Con prisión menor o confinamiento, en todos los demás casos», (v. los arts. 677 a 680 del cód. cit.) El Cód. de Just. Mil. esp. establece los delitos contra los deberes del centinela en los arts. 279 a 281; y el insulto a éstos, en los arts. 253 a 258. (v. arts. 152, 162, 186, 276 y 279 del Cód. Pen. de la Marina de Guerra de España.)

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