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cheque al portador en el Derecho UsualConstituye por su facilidad de cobro y transmisión una especie de billete de banco emitido por un particular; ya que, contra la simple presentación por cualquiera, el banco abona la cantidad indicada en el mismo documento. Por su naturaleza, no requiere fórmula escrita de endoso; se transmite con la simple entrega manual, por correo, etc. El depósito del cheque al portador en una cuenta bancaria constituye una manera indirecta de individualizar al tenedor; pues ello permite restablecer, en su caso, la cadena que une al librador con quien lo cobra al ingresarlo en su cuenta.
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Publicado el 13/06/2018. |