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Algunos formaban centurias, con separación entre mayores (seniores) y jóvenes (júniores). En sus comienzos los integraron únicamente trabajadores libres; pero, con el transcurso del tiempo, se incorporaron los libertos, e incluso los esclavos. Algunos, con prerrogativas de orden político, se consideraban organismos del Estado. Necesitaban autorización para existir, y también para disolverse. No se preocuparon gran cosa, en verdad, de la reglamentación del trabajo, tenido entonces por servil, sin más que obligaciones, y carente de derechos. Pero sí se reglamentó el salario o retribución de mercaderes y productores, como lo revela una ordenanza de Diocle- ciano. Los miembros de las profesiones estaban exceptuados de las funciones públicas y de los gravámenes municipales, tan onerosos al principio del imperio. Podían excusarse de la tutela; acusados, no recibían tormento; y hasta fueron eximidos desde Valentiniano de los deberes militares. Entre otras obligaciones, figuraba la de persistir en el colegio profesional, hasta el punto de que los herederos de sangre debían continuar la profesión del causante.
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 16/06/2018. |