adj. Que tiene afinidad (carácter compatible).

    adjetivo (adj.) Que tiene aptitud o proporción para unirse o concurrir en un mismo lugar o sujeto.
    Computación (Comp.) Díc. de las máquinas que trabajan en un mismo código interno. P. ant. , díc. de las computadoras capaces de ejecutar el mismo software que la IBM PC.
    Matemáticas (Mat.) Díc. de aquellos sistemas de ecuaciones lineales que admiten alguna solución, es decir, de aquellos en que las ecuaciones no imponen condiciones contradictorias a las posibles soluciones. Si el número de éstas es finito, se habla de sistema compatible determinado, y si es infinito de sistema combatible indeterminado. ¤ .

    compatible en el Derecho Usual

    La cosa que puede unirse a otra y concurrir juntamente con ella en una misma persona. Resulta incompatible el ejercicio de ciertos cargos, como el de juez y escribano; y son compatibles otros, como el de juez y profesor de Derecho. Las compatibilidades e incompatililidades de empleos se fijan por leyes especiales, y a sus casos concretos hay que atenerse. Acciones compatibles son las: que cabe ejercitar simultánea o sucesivamente, a elección del actor. Hay sanciones compatibles, contrariando, al menos en apariencia, el principio penal non bis in idem, opuesto a la dualidad punitiva por una misma causa.
    Así, la jurisprudencia española tiene establecido que la sanción administrativa de una falta no obsta a la imposición del castigo judicial con arreglo al Cód. Pen.; ya que, como la autoridad administrativa no constituye jerarquía en la justicia, no produce su fallo la excepción de cosa juzgada.

Tema: Computación, Derecho Penal, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.