adj. Que tiene afinidad (carácter compatible).
adjetivo (adj.) Que tiene aptitud o proporción para unirse o concurrir en un mismo lugar o sujeto.
• Computación (Comp.) Díc. de las máquinas que trabajan en un mismo código interno. P. ant. , díc. de las computadoras capaces de ejecutar el mismo software que la IBM PC.
• Matemáticas (Mat.) Díc. de aquellos sistemas de ecuaciones lineales que admiten alguna solución, es decir, de aquellos en que las ecuaciones no imponen condiciones contradictorias a las posibles soluciones. Si el número de éstas es finito, se habla de sistema compatible determinado, y si es infinito de sistema combatible indeterminado. ¤ .
compatible en el Derecho Usual
La cosa que puede unirse a otra y concurrir juntamente con ella en una misma persona. Resulta incompatible el ejercicio de ciertos cargos, como el de juez y escribano; y son compatibles otros, como el de juez y profesor de Derecho. Las compatibilidades e incompatililidades de empleos se fijan por leyes especiales, y a sus casos concretos hay que atenerse. Acciones compatibles son las: que cabe ejercitar simultánea o sucesivamente, a elección del actor. Hay sanciones compatibles, contrariando, al menos en apariencia, el principio penal non bis in idem, opuesto a la dualidad punitiva por una misma causa.
Así, la jurisprudencia española tiene establecido que la sanción administrativa de una falta no obsta a la imposición del castigo judicial con arreglo al Cód. Pen.; ya que, como la autoridad administrativa no constituye jerarquía en la justicia, no produce su fallo la excepción de cosa juzgada.